Bolivia | Decreto Supremo No 28364 del 21 Septiembre 2005

RESUMEN: Establecer los Derechos de Transmisión de" Programas, Eventos y Señales para Operadores de Radiodifusión y Distribución de Señales.

Decreto Supremo Nº 28364

EDUARDO RODRIGUEZ VELTZE
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que la Ley Nº 1632 de 5 de julio de 1995 – Ley de Telecomunicaciones, establece que la Superintendencia de Telecomunicaciones es el órgano encargado de regular los servicios públicos de telecomunicaciones.

Que el Artículo 43 de la Ley Nº 1632 – Ley de Telecomunicaciones, eleva a Rango de Ley los Artículos 60 al 70,73,75 y 78, del Decreto Supremo Nº 09740 de 2 de junio de 1971, incluyendo de forma expresa en el ámbito de su aplicación, la regulación sobre los servicios de radiodifusión y distribución de señales.

Que los Artículos 456,466,467 y 468 del Decreto Supremo Nº 24132 de 27 de septiembre de 1995, modificado por el Decreto Supremo Nº 25950 de 20 de octubre de 2000, establecen que los proveedores de los Servicios de Radiodifusión deberán ser legítimos titulares de los derechos de emisión, transmisión, retransmisión, difusión y/o promoción de programas, cualquiera sea su naturaleza; asimismo, los proveedores de los Servicios de Distribución de Señales deberán contar con la autorización expresa de los legítimos titulares y/o distribuidores de los derechos de emisión de las señales de canales, tanto nacionales como extranjeros, así como, los derechos de retransmisión y/o promoción de programas o eventos especiales en el territorio boliviano.

Que con respecto a la oponibilidad de de...

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FICHA TÉCNICO JURÍDICA DCMI


Fuente: Gaceta Oficial de Bolivia

Enlace Gaceta Bolivia: https://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/

Edición: Gaceta No 2794

Tipo: DECRETO SUPREMO No 28364

Enlace Permanente para citar: https://www.vobolex.org/bolivia/decreto-supremo-28364-del-21-septiembre-2005

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