Bolivia | Decreto Supremo No 2289 del 11 de Marzo de 2015

RESUMEN: Autoriza: a) Al Ministerio de Salud la importación de ambulancias bajo la modalidad de despacho inmediato a través de la Administración de Aduana Frontera Yacuiba; y a) Al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas transferir recursos del Tesoro General de la Nación - TGN al Ministerio de Salud.

DECRETO SUPREMO N° 2289

EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

C O N S I D E R A N D O:

Que el Parágrafo I del Artículo 35 de la Constitución Política del Estado, determina que el Estado en todos sus niveles, protegerá el derecho a la salud, promoviendo políticas públicas orientadas a mejorar la calidad de vida, el bienestar colectivo y el acceso gratuito de la población a los servicios de salud.

Que los numerales 4 y 5 del Parágrafo I del Artículo 298 de la Constitución Política del Estado, establecen que el régimen aduanero y el comercio exterior son competencias privativas del nivel central del Estado.

Que la Ley N° 1990, de 28 de julio de 1999, Ley General de Aduanas, dispone normas generales para regular el ejercicio de la potestad aduanera y las relaciones jurídicas entre la...

Ver 3651 caracteres restantes


¿ Quieres ver la norma jurídica completa ?

Inicia Sesión
o,
Crea una Cuenta Gratis !




FICHA TÉCNICO JURÍDICA DCMI


Fuente: Gaceta Oficial de Bolivia

Enlace Gaceta Bolivia: https://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/

Edición: Gaceta No 0735

Tipo: DECRETO SUPREMO No 2289

Enlace Permanente para citar: https://www.vobolex.org/bolivia/decreto-supremo-no-2289-del-11-de-marzo-de-2015

Más información por Whatsapp

Aprovecha los descuentos !


Vobolex.org Powered by Derechoteca ©®™ 2024