Bolivia | Decreto Supremo No 2406 del 17 de Junio de 2015

RESUMEN: Modifica la naturaleza jurídica de la Administración de servicios Portuarios - Bolivia - ASP-B, así como adecuar su , estructura y atribuciones en el marco de la normativa vigente.

DECRETO SUPREMO N° 2406

EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

CONSIDERANDO:

Que el numeral 12 del Parágrafo I del Artículo 298 de la Constitución Política del Estado, establece entre las competencias privativas del nivel central del Estado la creación, control y administración de las Empresas Públicas Estratégicas.

Que el inciso a) del Artículo 257 de la Ley N° 1990, de 28 de julio de 1999, General de Aduanas, determina que la Administración de Servicios Portuarios – Bolivia es el Agente Aduanero acreditado por el Gobierno Boliviano en los puertos habilitados o por habilitarse, en conformidad a que el Estado Plurinacional de Bolivia tiene suscritos tratados y convenios con países vecinos que le reconocen y garantizan el más amplio tránsito de mercancías y le facultan constituir agentes aduaneros.

Que los Artículos 79 y 294 de la Ley N° 165, de 16 agosto de 2011, General de Transporte, dispone el marco normativo para la implementación de Plataformas Logísticas y de Transferencia Intermodal de Transporte y la administración de Puertos.

Que la Ley Nº 466, de 26 de diciembre de 2013, de la Empresa Pública, establece el régimen de las empresas públicas del nivel central del Estado para que con eficiencia, eficacia y transparencia contribuyan al desarrollo económico y social del país, transformando la matriz productiva y fortaleciendo la independencia y soberanía económica del Estado Plurinacional de Bolivia, en beneficio de todo el pueblo boliviano.

Que el Decreto Supremo Nº 1978, de 16 de abril de 2014, establece el régimen transitorio para la creación de empresas públicas de tipología Estatal, que se aplicará hasta la aprobación de los lineamientos y normativa reglamentaria que regule la gestión empresarial pública establecida en la Ley Nº 466.

Que es necesario modificar la naturaleza jurídica de la Administración de Servicios Portuarios – Bolivia – ASP-B, con la finalidad de que contribuya significativamente a la consecución de los objetivos estratégicos del país, respondiendo a las necesidades emergentes del fortalecimiento económico nacional y del crecimiento del comercio exterior boliviano.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

ARTÍCULO 1.- (OBJETO).

El presente Decreto Supremo tiene por objeto modificar la naturaleza jurídica de la Administración de Servicios Portuarios – Bolivia – ASP-B, así como adecuar su estructura y atribuciones en el marco de la normativa vigente.

ARTÍCULO 2.- (NATURALEZA JURÍDICA).

Se modifica la naturaleza jurídica de la ASP-B de entidad pública descentralizada a Empresa Pública de tipología Estatal, de carácter estratégico, con personalidad jurídica y duración indefinida, patrimonio propio, autonomía de gestión administrativa, financiera, comercial, legal y técnica, bajo sujeción a las atribuciones de la Ministra o Ministro de Economía y Finanzas Públicas como responsable de la política de sector, Cartera que ejercer...

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FICHA TÉCNICO JURÍDICA DCMI


Fuente: Gaceta Oficial de Bolivia

Enlace Gaceta Bolivia: https://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/

Edición: Gaceta No 0767

Tipo: DECRETO SUPREMO No 2406

Enlace Permanente para citar: https://www.vobolex.org/bolivia/decreto-supremo-no-2406-del-17-de-junio-de-2015

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