Bolivia | Decreto Supremo No 2904 del 21 de Septiembre de 2016

RESUMEN: En el marco del Decreto Supremo Nº 2210, de 10 de diciembre de 2014, se autoriza al Ministerio de Salud realizar transferencias público-privadas de los vehículos automotores denominados ambulancias con su equipamiento incorporado.

DECRETO SUPREMO N° 2904

ÁLVARO MARCELO GARCÍA LINERA
PRESIDENTE EN EJERCICIO DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

CONSIDERANDO:

Que el Parágrafo I del Artículo 35 de la Constitución Política del Estado, determina que el Estado, en todos sus niveles, protegerá el derecho a la salud, promoviendo políticas públicas orientadas a mejorar la calidad de vida, el bienestar colectivo y el acceso gratuito de la población a los servicios de salud.

Que el Artículo 37 del Texto Constitucional, establece que el Estado tiene la obligación indeclinable de garantizar y sostener el derecho a la salud, que se constituye en una función suprema y primera responsabilidad financiera. Se priorizará la promoción de la salud y la prevención de las enfermedades.

Que el Artículo 13 de la Ley Nº 614, de 13 de diciembre de 2014, del Presupuesto General del Estado Gestión 2015, vigente por disposición del inciso n) de la Disposición Final Segunda de la Ley N° 769, de 17 de diciembre de...

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FICHA TÉCNICO JURÍDICA DCMI


Fuente: Gaceta Oficial de Bolivia

Enlace Gaceta Bolivia: https://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/

Edición: Gaceta No 0895

Tipo: DECRETO SUPREMO No 2904

Enlace Permanente para citar: https://www.vobolex.org/bolivia/decreto-supremo-no-2904-del-21-de-septiembre-de-2016

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