Bolivia | Ley No 685 del 11 de Mayo de 2015

RESUMEN: LEY DE CIERRE DEL PROCESO DE REESTRUCTURACIÓN Y LIQUIDACIÓN VOLUNTARIA DE EMPRESAS Y DE ATRIBUCIONES DE LA AUTORIDAD DE FISCALIZACIÓN DE EMPRESAS - AEMP .

LEY N° 685
LEY DE 11 DE MAYO DE 2015

EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,

DECRETA:

LEY DE CIERRE DEL PROCESO DE REESTRUCTURACIÓN Y LIQUIDACIÓN VOLUNTARIA DE EMPRESAS Y DE ATRIBUCIONES DE LA AUTORIDAD DE FISCALIZACIÓN DE EMPRESAS – AEMP

Artículo 1. (OBJETO).

La presente Ley tiene por objeto establecer el cierre de los procedimientos de Reestructuración y Liquidación Voluntaria de Empresas establecidos en la Ley N° 2495 de 4 de agosto de 2003, y establecer las competencias y atribuciones de la Autoridad de Fiscalización de Empresas – AEMP.

Artículo 2. (CIERRE DE LOS PROCEDIMIENTOS DE REESTRUCTURACIÓN).

I. A partir de la publicación de la presente Ley, se dispone el cierre de los procedimientos de Reestructuración y Liquidación Voluntaria de Empresas establecidos en la Ley N° 2495 de 4 de agosto de 2003.

II. La Autoridad de Fiscalización de Empresas – AEMP, verificará el cumplimiento de los acuerdos de transacción en cuanto a vencimiento de plazos en cronogramas o planes de pago establecidos en el acuerdo de transacción y comunicará de ello a la junta de acreedores. El retraso en el cumplimiento del cronograma o del plan de pagos, importará la constitución en mora del deudor.

Artículo 3. (INCUMPLIMIENTO).

El acuerdo de transacción, se considera incumplido si en la fecha de publicación de la presente Ley, cualquiera de las empresas con acuerdos de transacción homologados, tengan obligaciones con plazo vencido en uno o más pagos del cronograma o plan de pagos establecido en el acuerdo de transacción.

Artículo 4. (EFECTO DEL INCUMPLIMIENTO).

Como efecto del incumplimiento del acuerdo de transacción suscrito, los acreedores públicos y privados recuperan la facultad de cobrar sus acreencias de forma individual o conjunta por la vía que corresponda, siendo título suficiente de ejecución el acuerdo de transacción.

Artículo 5. (TRÁMITES PENDIENTES).

I. Los procedimientos d...

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FICHA TÉCNICO JURÍDICA DCMI


Fuente: Gaceta Oficial de Bolivia

Enlace Gaceta Bolivia: https://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/

Edición: Gaceta No 0752

Tipo: LEY No 685

Enlace Permanente para citar: https://www.vobolex.org/bolivia/ley-no-685-del-11-de-mayo-de-2015

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