Bolivia | Resolución Administrativa Nº 05-0443-95 del 18 de diciembre de 1995 de Impuestos Internos

RESUMEN: Regula la forma del pago del IVA, en ejecuciones de obra, con pagos de tracto sucesivo

RESOLUCION ADMINISTRATIVA 05-443-95

La Paz, 18 de Diciembre de 1995

VISTOS Y CONSIDERANDO:

Que, la Ley 843 de fecha 20 de mayo de 1986, en el artículo 4 inc. b) dispone que en los
contratos de obra o de prestación de servicios, el hecho imponible se perfeccionará desde el

momento en que finalice su ejecución o prestacióno desde la percepción total o parcial del precio,
el que fuere anterior. Sin embargo no precisa la diferencia entre aquellas obras o prestaciones deVer 3009 caracteres restantes


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