DECRETO SUPREMO N° 1606
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
C O N S I D E R A N D O:
Que los numerales 4 y 5 del Parágrafo I del Artículo 298 de la Constitución Política del Estado, determinan que son competencias privativas del nivel central del Estado el régimen aduanero y comercio exterior.
Que la Ley Nº 3467, de 12 de septiembre de 2006, establece los mecanismos procedimentales para aplicar el régimen de Arrepentimiento Eficaz previsto en el Artículo 157 de la Ley Nº 2492, de 2 de agosto de 2003, Código Tributario Boliviano y la Política de Incentivos y Desincentivos, mediante la aplicación del Impuesto al Consumo Específico – ICE a los vehículos automotores y otros productos gravados con este impuesto.
Que la Ley Nº 3467, de 12 de septiembre de 2006, sustituye e incorpora en el Artículo 157 de la Ley Nº 2492, de 2 de agosto de 2003, Código Tributario Boliviano, los mecanismos procedimentales para aplicar el régimen de Arrepentimiento Eficaz.
Que el Artículo 9 del Reglamento para la Importación de Vehículos Automotores, Aplicación del Arrepentimiento Eficaz y la Política de Incentivos y Desincentivos Mediante la Aplicación del Impuesto a los Consumos Específicos ICE, aprobado por Decreto Supremo Nº 28963, de 6 de diciembre de 2006, dispone prohibiciones y restricciones a la importación de vehículos automotores.
Que los Decreto Supremo N° 29836 , de 3 de diciembre de 2008; Decreto Supremo Nº 0123, de 13 de mayo de 2009; y Decreto Supremo Nº 1007, de 12 de octubre de 2011, incorporan en el Reglamento para la Importación de Vehículos Automotores, Aplicación del Arrepentimiento Eficaz y la Política de Incentivos y Desincentivos Mediante la Aplicación del Impuesto a los Consumos Específicos ICE, aprobado por Decreto Supremo N° 28963, prohibiciones y restricciones a la importación de vehículos automotores de acuerdo a los años de antigüedad.
Que como resultado de la aplicación de las prohibiciones y restricciones establecidas en el Reglamento para la Importación de Vehículos Automotores...
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