DECRETO SUPREMO Nº 28267
EDUARDO RODRIGUEZ VELTZE
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
QUE EL LITERAL L.- del Artículo 3 de la Ley Nº 2446 de 19 de marzo de 2003 – Ley de Organización del Poder Ejecutivo, determina que los Ministros dictan normas relativas al ámbito de su competencia.
QUE EL LITERAL F.- del Artículo 4 de la Ley Nº 2446, establece como atribución específica del Ministro de Hacienda, la formulación de políticas en materia de intermediación financiera, de pensiones valores y seguros.
QUE EL LITERAL F.- del Artículo 4 de la Ley Nº 2446, establece como atribución específica del Ministro de Desarrollo Económico, la formulación de políticas de vivienda y urbanismo, promoviendo planes y programas de vivienda, priorizando las de interés social.
Que el Decreto Supremo Nº 25958 de 21 de octubre de 2000, establece medidas de fomento para concretar las políticas de vivienda.
Que el Decreto Supremo Nº 28151 de 1...
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