DECRETO SUPREMO Nº 28876
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
CONSIDERANDO:
Que el Artículo 4 de la Ley Nº 3351 de 21 de febrero de 2006 – Ley de Organización del Poder Ejecutivo, establece que corresponde al Ministro de Obras Públicas, Servicios y Vivienda, formular, ejecutar y evaluar políticas de telecomunicaciones, energía y transporte, tanto fluvial y lacustre como terrestre y aéreo.
Que el Decreto Supremo Nº 28631 de 8 de marzo de 2006 – Reglamento a la Ley de Organización del Poder Ejecutivo, establece las funciones y atribuciones del Viceministerio de Transportes.
Que el Decreto Supremo Nº 24178 de 8 de diciembre de 1995, dispone el establecimiento de la Superintendencia de Transportes, con la atribución de regular las actividades del transporte en todas sus formas.
Que el Decreto Supremo Nº 24753 de 31 de julio de 1997, modifica los Artículos 1 y 2 del Decreto Supremo Nº 24178 y dispone que es función de la Superintendencia de Transportes regular las actividades de los subsectores del transporte que cuenten con normas sectoriales especificas para su respectiva aplicación.
Que el Decreto Supremo Nº 28710 de 11 de mayo de 2006, reglamenta las actividades de los subsectores de transporte, el cual debe armoni...
Ver 5771 caracteres restantes
¿ Quieres ver la norma jurídica completa ?
Inicia Sesión
o,
Crea una Cuenta Gratis !