Bolivia | Decreto Supremo No 2357 del 13 de Mayo de 2015

RESUMEN: Realiza modificaciones e incorporaciones al Decreto Supremo N° 2295, de 18 de marzo de 2015.

DECRETO SUPREMO N° 2357

EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

CONSIDERANDO:

Que los numerales 4 y 5 del Parágrafo I del Artículo 298 de la Constitución Política del Estado, señalan que es competencia privativa del nivel central del Estado el régimen aduanero y el comercio exterior.

Que la Ley N° 1990, de 28 de julio de 1999, General de Aduanas, regula el ejercicio de la potestad aduanera y las relaciones jurídicas entre la Aduana Nacional y las personas naturales o jurídicas que intervienen en el ingreso y salida de mercancías del territorio aduanero nacional, normando los aspectos referidos al comercio exterior y al control aduanero.

Que el Artículo 79 de la Ley N° 1990, determina que todo despacho aduanero de mercancías estará sujeto al control físico selectivo o aleatorio, el cual se determinará por procedimientos informáticos.

Que el Decreto Supremo Nº 2295, de 18 de marzo de 2015, establece el procedimiento de nacionalización en frontera sobre medios y/o unidades de transporte, enmarcándose al régimen de importación para el consumo en un plazo máximo de veinticuatro (24) horas, mismo que se computará a partir del registro del arribo d...

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FICHA TÉCNICO JURÍDICA DCMI


Fuente: Gaceta Oficial de Bolivia

Enlace Gaceta Bolivia: https://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/

Edición: Gaceta No 0753

Tipo: DECRETO SUPREMO No 2357

Enlace Permanente para citar: https://www.vobolex.org/bolivia/decreto-supremo-no-2357-del-13-de-mayo-de-2015

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