Bolivia | Decreto Supremo No 3358 del 11 de Octubre de 2017

RESUMEN: Realiza modificaciones e incorporaciones al Reglamento para la lmportación de Vehículos Automotores, Aplicación del Arrepentimiento Eficaz y la Política de Incentivos y Desincentivos, mediante la aplicación del lmpuesto a los Consumos Específicos - lCE, aprobado por Decreto Supremo N° 28963, de 6 de diciembre de 2006.

DECRETO SUPREMO N° 3358

EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

CONSIDERANDO:

Que los numerales 4 y 5 del Parágrafo I del Artículo 298 de la Constitución Política del Estado, señalan que es competencia privativa del nivel central del Estado el régimen aduanero y el comercio exterior.

Que el Artículo 85 de la Ley N° 1990, de 28 de julio de 1999, General de Aduanas, determina que no se permitirá la importación o ingreso a territorio aduanero nacional de mercancías nocivas para el medio ambiente, la salud y vida humanas, animal o contra la preservación vegetal, así como las que atenten contra la seguridad del Estado y el sistema económico financiero de la nación y otras determinadas por Ley expresa.

Que la Ley Nº 3467, de 12 de septiembre de 2006, establece los mecanismos procedimentales para aplicar el régimen de Arrepentimiento Eficaz previsto en el Artículo 157 de La Ley N° 2492, de 2 de agosto de 2003, Código Tributario Boliviano y la Política de Incentivos y Desincentivos, mediante la aplicación del Impuesto a los Consumos Específicos – ICE a los vehículos automotores y otros productos gravados con este impuesto.

Que la Disposición Adicional Primera de la Ley N° 455, de 11 diciembre de 2013, del Presupuesto General del Estado Gestión 2014, modifica el numeral 2 del Parágrafo I del Anexo del Artículo 79 de la Ley Nº 843 (Texto Ordenado vigente), estableciendo nuevas tasas porcentuales para la importación de vehículos.

Que el Artículo 9 del Reglamento para la Importación de Vehículos Automotores, Aplicación del Arrepentimiento Eficaz y la Política de Incentivos y Desincentivos mediante la aplicación del Impuesto a los Consumos Específicos – ICE, aprobado por Decreto Supremo Nº 28963, de 6 de diciembre de 2006, modificado por los Decretos Supremos N° 2232, de 31 de diciembre de 2014 y N° 2756, de 4 de mayo de 2016, establece prohibiciones y restricciones a la importación de vehículos automotores.

Que el Artículo 44 del Reglamento para la Importación de Vehículos Automotores, Aplicación del Arrepentimiento Eficaz y la Política de Incentivos y Desincentivos, mediante la aplicación del Impuesto a los Consumos Específicos – ICE, aprobado por Decreto Supremo Nº 28963, dispone que las alícuotas correspondientes al ICE, se aplicarán a las...

Ver 9493 caracteres restantes


¿ Quieres ver la norma jurídica completa ?

Inicia Sesión
o,
Crea una Cuenta Gratis !




FICHA TÉCNICO JURÍDICA DCMI


Fuente: Gaceta Oficial de Bolivia

Enlace Gaceta Bolivia: https://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/

Edición: Gaceta No 1002

Tipo: DECRETO SUPREMO No 3358

Enlace Permanente para citar: https://www.vobolex.org/bolivia/decreto-supremo-no-3358-del-11-de-octubre-de-2017

Más información por Whatsapp

Aprovecha los descuentos !


Vobolex.org Powered by Derechoteca ©®™ 2024