Bolivia | Decreto Supremo No 4007 del 14 de Agosto de 2019

RESUMEN: Crea el Programa Nacional de Apoyo a la Producción de Frutas.

DECRETO SUPREMO N° 4007

EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

CONSIDERANDO:

Que el Artículo 405 de la Constitución Política del Estado, determina que el desarrollo rural integral sustentable es parte fundamental de las políticas económicas del Estado, que priorizará sus acciones para el fomento de todos los emprendimientos económicos comunitarios y del conjunto de los actores rurales, con énfasis en la seguridad y en la soberanía alimentaria.

Que el Parágrafo I del Artículo 406 del Texto Constitucional, establece que el Estado garantizará el desarrollo rural integral sustentable por medio de políticas, planes, programas y proyectos integrales de fomento a la producción agropecuaria, artesanal, forestal y al turismo, con el objetivo de obtener el mejor aprovechamiento, transformación, industrialización y comercialización de los recursos naturales renovables.

Que el numeral 1 del Artículo 407 de la Constitución Política del Estado, señala como uno de los objetivos de la política de desarrollo rural integral del Estado, garantizar la soberanía y seguridad alimentaria, priorizando la producción y el consumo de alimentos de origen agropecuario producidos en el territorio boliviano.

Que la Ley Nº 2061, de 16 de marzo de 2000, crea el Servicio Nacional de Sanidad e Inocuidad Alimentaria – SENASAG, como estructura operativa del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, actual Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras, encargado de administrar el régimen de sanidad agropecuaria e inocuidad alimentaria.

Que el Artículo 12 de la Ley Nº 144, de 26 de junio de 2011, de la Revolución Productiva Comunitaria Agropecuaria, dispone las Políticas de Revolución Productiva Comunitaria en el marco del desarrollo rural integral sustentable y de la seguridad con soberanía alimentaria para la implementación del proceso de la revolución Productiva Comunitaria Agropecuaria.

Que el inciso b) del Artículo 2 del Decreto Supremo Nº 29315, de 17 de octubre de 2007, crea la Unidad Desconcentrada EMPODERAR, que administra el programa del mismo nombre que está orientado a promover el desarrollo productivo rural de las organizaciones territoriales y económicas de los municipios.

Que el último párrafo del Artículo 6 del Decreto Supremo N° 29315, establece que los recursos asignados a los programas y proyectos no ocasionarán costos adicionales al Tesoro General de la Nación – TGN.

Que el Decreto Supremo Nº 29611, de 25 de junio de 2008, crea el Instituto Nacional de Innovación Agropecuaria y Forestal – INIAF, como una Institución Descentralizada de derecho público, con personería jurídica propia, autonomía de gestión administrativa, financiera, legal y técnica, con patrimonio propio, bajo tuición del Ministerio de Desarrollo Rural, Agropecuario y Medio Ambiente, actual Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras.

Que el Decreto Supremo Nº 1858, de 8 de enero de 2014, crea la Institución Pública Desconcentrada “SOBERANÍA ALIMENTARIA”, bajo dependencia del Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras.

Que mediante Resolución Ministerial Nº 160, de 24 de mayo de 2017, el Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras aprueba el Plan del Sector Agropecuario y Rural con Desarrollo Integral para Vivir Bien 2016-2020 (PSARDI).

Que en el marco de los objetivos de la Política de Desarrollo Rural Integral y la Agenda Patriótica 2025, es necesario impulsar el incremento de la producción de frutas como la manzana, durazno, palta y chirimoya, para contribuir a la Seguridad Alimentaria con soberanía y la reducción de las importaciones.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

ARTÍCULO 1.- (OBJETO).

El presente Decreto Supremo tiene por objeto crear el Programa Nacional de Apoyo a la Producción de Frutas.

ARTÍCULO 2.- (CREACIÓN).

I. Se crea el Programa Nacional de Apoyo a la Producción de Frutas a cargo del Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras, con el objetivo de contribuir a la seguridad y soberanía alimentaria del país, incrementando la producción y competitividad del sector frutícola en los rubros de manzana, durazno, palta y chirimoya, con una vigencia de acuerdo al Anexo, adjunto del presente Decreto Supremo.

II. El Programa Nacional de Apoyo a la Producción de Frutas contempla cuatro (4) componentes, que serán implementados por entidades ejecutoras del Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras, mencionadas en el Anexo, adjunto al presente Decreto Supremo.

ARTÍCULO 3.- (TRANSFERENCIA DE RECURSOS).

I. Se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, a través del Tesoro General de la Nación – TGN, transferir el monto de Bs169.309.917.- (CIENTO SESENTA Y NUEVE MILL...

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FICHA TÉCNICO JURÍDICA DCMI


Fuente: Gaceta Oficial de Bolivia

Enlace Gaceta Bolivia: https://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/

Edición: Gaceta No 1185

Tipo: DECRETO SUPREMO No 4007

Enlace Permanente para citar: https://www.vobolex.org/bolivia/decreto-supremo-no-4007-del-14-de-agosto-de-2019

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