Bolivia | Decreto Supremo No 24434 del 12 Diciembre 1996

RESUMEN: Créase, en sustitución de la extinguida AADAA la Administración de Servicios Portuarios Bolivia (ASP-B) como entidad pública descentralizada sin fines de lucro, con autonomía de gestión técnica, administrativa y financiera, personalidad jurídica y patrimonios propios.

Decreto Supremo Nº 24434

GONZALO SANCHEZ DE LOZADA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

ADMINISTRACION DE SERVICIOS PORTUARIOS – BOLIVIA

CONSIDERANDO:

Que el Decreto Ley Nº 7230 del 30 de junio de 1965, ampliado y complementado por decretos supremos Nº 8866 y Nº 8968 respectivamente de 28 de julio y 27 de octubre de 1969, creó la Administración Autónoma de Almacenes Aduaneros como entidad de Derecho Público con personalidad jurídica propia y autonomía financiera, para recibir, almacenar y entregar toda la mercadería importada o por exportar y cooperar con la organización aduanera boliviana en la clasificación, aforo y despacho de las importaciones y exportaciones del país;

Que la Administración Autónoma de Almacenes Aduaneros se vió enfrentada, no obstante de sus auspiciosos inicios, a un conjunto de problemas internos y externos, que el impidieron cumplir adecuadamente las funciones que se el habían asignado y satisfacer las expectativas de los usuarios del sistema;

Que el Decreto Supremo Nº 23098 de 19 de marzo de 1992 dispuso, al reorganizar el sistema aduanero del país, la privatización de los servicios que la Administración Autónoma de Almacenes Aduaneros prestaba en el territorio nacional, manteniendo únicamente sus facultades de atender el servicio exterior en puertos de tránsito, funciones que no pueden ser delegadas a personas privadas, en respeto de principios constitucionales porque involucraría la presencia del Estado boliviano en esos puertos;

Que es necesario modernizar la prestación de los indicados servicios, creando una administración que facilite y ejerza un eficaz control y fiscalización de las operaciones propias del tránsito de mercaderías de importación y exportación, cuya estructura técnica y administrativa se adecúe a las exigencias del tráfico y responda a las estrategias económicas y geopolíticas que el comercio internacional impone al Estado;

Que es necesario, en el marco de ese objetivo, jerarquizar y conferir mayor dinamismo a la agencia aduanera de Bolivia en los referidos puertos, cuyas funciones reconocidas en tratados y convenios vigentes se insertan en el sistema de recaudación, control, verificación y fiscalización de la administración aduanera y en el sistema integrado de administración tributaria a instituirse por el Poder Ejecutivo.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

CAPÍTULO I
Disposiciones generales
ARTÍCULO 1. (De la extinción de AADAA) Queda extinguida la Administración Autónoma de Almacenes Aduaneros (AADAA) a partir de los ochenta (80) días de la fecha de vigencia del presente decreto supremo, institución creada por Decreto Ley Nº 7230 de 30 de junio de 1965, ampliada en sus funciones a puertos y lugares de tránsito por Decreto Supremo Nº 8866 de 28 de julio de 1969 y modificada en su status jurídico a empresa pública estatal por el Decreto Supremo Nº 23098 de 19 de marzo de 1992.

ARTÍCULO 2. (De la creación de ASP-B) Créase, en sustitución de la extinguida Administración Autónoma de Almacenes Aduaneros, la Administración de Servicios Portuarios Bolivia (ASP-B), como entidad pública descentralizada sin fines de lucro, con autonomía de gestión técnica, administrativa y financiera, personalidad jurídica y patrimonio propios, que ejercerá las funciones y atribuciones establecidas en el presente decreto y sus normas reglamentarias a partir de la fecha de extinción de AADAA.

ARTÍCULO 3. (De la tuición de ASP-B) La ASP-B estará bajo la tuición del Ministerio de Hacienda, de conformidad con el artículo 117 del Decreto Supremo Nº 23360 del 12 de octubre de 1993, reglamentario de la Ley de Ministerios del Poder Ejecutivo.

ARTÍCULO 4. (De las atribuciones de ASP-B) La Administración de Servicios Portuarios-Bolivia, tendrá las siguientes atribuciones:

Ser el agente aduanero oficial acreditado por el Gobierno boliviano en los pu...

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FICHA TÉCNICO JURÍDICA DCMI


Fuente: Gaceta Oficial de Bolivia

Enlace Gaceta Bolivia: https://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/

Edición: Gaceta No 1968

Tipo: DECRETO SUPREMO No 24434

Enlace Permanente para citar: https://www.vobolex.org/bolivia/decreto-supremo-24434-del-12-diciembre-1996

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