Bolivia | Decreto Supremo No 25136 del 24 Agosto 1998

RESUMEN: (De la reorganización de ASP-B). Se otorga a la Administración de Servicios Portuarios Bolivia (ASP-B), la calidad de entidad pública descentralizada, sin fines de lucro, con autonomía de gestión técnica, administrativa y financiera, personalidad jurídica y patrimonio propios.

DECRETO SUPREMO Nº 25136

HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que el decreto supremo 24434 de 12 de diciembre de 1996 dispuso la creación de la Administración de Servicios Portuarios Bolivia (ASP­B) en sustitución de la Administración Autónoma de Almacenes Aduaneros (AADAA), para ejecutar políticas del Gobierno nacional sobre desarrollo portuario y comercio exterior, bajo la tuición del Ministerio de Hacienda;
Que de conformidad a lo dispuesto en los acuerdos interinstitucionales en vigencia con la República de Chile en el marco del Tratado de Paz y Amistad de 1,904, la convención de Tráfico Comercial entre Chile y Bolivia de 1,912 y la Convención de Tránsito de 1,937, el Gobierno de Bolivia ha creado la Administración de Servicios Portuarios Bolivia (ASP­B), como su Agente Aduanero Oficial, para cumplir operativamente con las facultades de operación y control, previstas para su comercio exterior en el régimen de libre tránsito en los puertos de Chile en el Pacífico, así como en puertos de países con los que Bolivia tenga convenios firmados y/o sean firmados en el futuro;
Que de conformidad a los convenios internacionales en vigencia con Chile citados anteriormente y al ser la Administración de Servicios Portuarios de Bolivia (ASP­B) el Agente Aduanero Oficial del Gobierno de Bolivia en los puertos de Chile, en reemplazo de la anterior Administración Autónoma de Almacenes Aduaneros de Bolivia (AADAA), goza también de las atribuciones de despachador comercial, en los puertos de Arica y Antofagasta, sin necesidad de prestar fianza y goza en el territorio donde actúa de la protección y prerrogativas de los empleados de la Aduana chilena;
Que la Administración de Servicios Portuarios Bolivia ha pasado a depender del Ministerio de Comercio Exterior e Inversión, en el marco de la ley 1788 de 16 septiembre de 1997 y decreto supremo 24855 de 22 de septiembre de 1997, requiriéndose por tanto reestructurar su organismo directivo y ejecutivo;
Que es necesario modernizar la prestación de servicios portuarios para enmarcarlos dentro los requerimientos del comercio exterior boliviano y adecuarlos a la estrategia política y económica del comercio internacional.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
REORGANIZACION DE LA ADMINISTRACION
DE SERVICIOS PORTUARIOS BOLIVIA

CAPITULO I
DISPOSICIONES GENERALES

ARTICULO 1.- ­(De la reorganización de ASP­B). Se otorga a la Administración de Servicios Portuarios Bolivia (ASP­B), la calidad de entidad pública descentralizada, sin fines de lucro, con autonomía de gestión técnica, administrativa y financiera, personalidad jurídica y patrimonio propios, que ejercerá las funciones y atribuciones establecidas en el presente decreto y sus normas reglamentarias, a partir de la fecha de su publicación.

ARTICULO 2.- ­(De la tuición de ASP­B). La ASP­B estará bajo la tuición del Ministerio de Comercio Exterior e Inversión, de conformidad con el artículo 45 capítulo III numeral XI del decreto supremo 24855 del 22 de septiembre de 1997, reglamentario de la Ley de Organización del Poder Ejecutivo.

ARTICULO 3.- ­(De las atribuciones de ASP­B). La Administración de Servicios Portuarios ­ Bolivia, tendrá las siguientes atribuciones:
1.­Ser la entidad estatal oficial acreditada por el...

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FICHA TÉCNICO JURÍDICA DCMI


Fuente: Gaceta Oficial de Bolivia

Enlace Gaceta Bolivia: https://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/

Edición: Gaceta No 2082

Tipo: DECRETO SUPREMO No 25136

Enlace Permanente para citar: https://www.vobolex.org/bolivia/decreto-supremo-25136-del-24-agosto-1998

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