Bolivia | Decreto Supremo No 28994 del 01 Enero 2007

RESUMEN: Modificar los Artículos 140, 141, 144, 159, 362 y 371 del Reglamento de las Telecomunicaciones aprobado por el Decreto Supremo Nº 24132 de 27 de septiembre de 1995 y sus modificaciones mediante Decretos Supremos Nº 24778 de 31 de julio de 1997 y nº 26011 de 1 de diciembre de 2000, A fin de establecer condiciones tendientes a originar Tarifas de Inclusión Social.

Decreto Supremo Nº 28994

EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

CONSIDERANDO:

Que según lo dispuesto por la Ley Nº 3351 de 21 de febrero de 2006 – Ley de Organización del Poder Ejecutivo, es atribución específica del Ministro de Obras Públicas, Servicios y Vivienda, formular políticas de telecomunicaciones, efectuando la regulación y control de las áreas de su competencia.

Que de conformidad al Artículo 69 del Decreto Supremo Nº 28631 de 8 de marzo de 2006 – Reglamento a la Ley de Organización del Poder Ejecutivo, el Viceministerio de Telecomunicaciones tiene la atribución de elaborar políticas en materia de telecomunicaciones, promoviendo el desarrollo integral del sector, además plantear políticas y normativa de seguimiento, regulación y control para el sector de telecomunicaciones.

Que el Artículo 3 de la Ley Nº 1632 de 5 de julio de 1995 – Ley de Telecomunicaciones, dispone que el Poder Ejecutivo reglamentará el sector de telecomunicaciones, estableciendo las normas de carácter general.

Que el Artículo 45 de la Ley Nº 1632, faculta al Poder Ejecutivo dictar las disposiciones reglamentarias para la aplicación y cumplimiento de las materias contenidas en dicha Ley.

Que en las actuales circunstancias, en el sector de telecomunicaciones existen condiciones que fomentan la exclusión, injusticia, desigualdad e inequidad en el acceso a los servicios públicos, en particular para los sectores más deprimidos de la sociedad.

Que el Plan Nacional de Desarrollo, establece para el sector de telecomunicaciones el objetivo de revertir la situación de exclusión y desigualdad de acceso a las telecomunicaciones, propiciando el desarrollo de infraestructura y el incremento sustancial de la cobertura y acceso a los servicios, especialmente a favor de los sectores excluidos.

Que es necesario introducir modificaciones al Reglamento de las Telecomunicaciones, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 24132 de 27 de septiembre de 1995 y sus modificaciones mediante Decretos Supremos Nº 24778 de 31 de julio de 1997 y Nº 26011 de 1 de diciembre de 2000, respectivamente, a fin de cumplir con el objetivo previsto en el Plan Nacional de Desarrollo.

Que en reunión del Consejo Nacional de Política Económica y Social – CONAPES, del 26 de diciembre de 2006, se determinó aprobar el presente Decreto Supremo, a solicitud del Ministerio de Obras Públicas, Servicios y Vivienda.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

ARTÍCULO 1. (Objeto) El presente Decreto Supremo tiene por objeto modificar los Artículos 140, 141, 144, 159, 362 y 371 del Reglamento de las Telecomunicaciones aprobado por el Decreto Supremo Nº 24132 de 27 de septiembre de 1995 y sus modificaciones mediante Decretos Supremos Nº 24778 de 31 de julio de 1997 y Nº 26011 de 1 de diciembre de 2000, respectivamente, a fin de establecer condiciones tendientes a originar Tarifas de Inclusión Social para priorizar y favorecer la igualdad, equidad y mayor accesibilidad a los servicios públicos de telecomunicaciones, especialmente para los sectores más deprimidos de la población nacional.

ARTÍCULO 2. (Modificacion del Ver 11571 caracteres restantes


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FICHA TÉCNICO JURÍDICA DCMI


Fuente: Gaceta Oficial de Bolivia

Enlace Gaceta Bolivia: https://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/

Edición: Gaceta No 2961

Tipo: DECRETO SUPREMO No 28994

Enlace Permanente para citar: https://www.vobolex.org/bolivia/decreto-supremo-28994-del-01-enero-2007

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