Bolivia | Decreto Supremo No 29799 del 19 Noviembre 2008

RESUMEN: Reglamenta las normas para el funcionamiento de las empresas de servicio expreso, mensajería y transporte de envíos de correspondencia, en el marco del Decreto Supremo Nº 22616 de 8 de octubre de 1990, elevado a rango de Ley Nº 1424 de 29 de enero de 1993; a través de las instituciones facultadas por Ley.

Decreto Supremo Nº 29799

ÁLVARO MARCELO GARCÍA LINERA
PRESIDENTE INTERINO DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que conforme lo dispuesto en la Ley Nº 3351 de 21 de febrero de 2006, de Organización del Poder Ejecutivo, es atribución específica del Ministro de Obras Públicas, Servicios y Vivienda, formular, ejecutar y evaluar políticas de telecomunicaciones y plantear políticas de regulación y control de las áreas de su competencia.

Que el Artículo 69 del Decreto Supremo Nº 28631 de 8 de marzo de 2006, Reglamento a la Ley de Organización del Poder Ejecutivo, dispone que el Viceministro de Telecomunicaciones tiene la facultad de elaborar políticas en materia de telecomunicaciones, promoviendo el desarrollo integral del sector, además de plantear políticas y normativas de seguimiento, regulación y control para el sector postal y de telecomunicaciones.

Que la reglamentación debe tomar en cuenta las disposiciones del Decreto Supremo Nº 22616 de 8 de octubre de 1990, que crea la Empresa de Correos de Bolivia ” ECOBOL, elevado a rango de Ley Nº 1424 de 29 de enero de 1993.

Que el Artículo Séptimo del Decreto Supremo Nº 22616 elevado a rango de Ley Nº 1424, establece que ha quedado reservada en forma exclusiva, la admisión, transporte y entrega de envíos de correspondencia postal básica en favor de ECOBOL, pudiendo esta, autorizar a empresas operadoras de servicio expreso, el ejercicio de su franja de exclusividad, conforme lo establecido en el Artículo Octavo del Decreto Supremo Nº 22616.

Que el Artículo Octavo del Decreto Supremo Nº 22616 elevado a rango de Ley Nº 1424, establece que se autoriza el cobro de un canon equivalente a la tasa ordinaria del porte establecido por cada envío canalizado a través de su franja de exclusividad, a los terceros que presten el servicio previa autorización de ECOBOL.

Que la Resolución Suprema Nº 218738 de 22 de abril de 1999, aprobó el Reglamento de Empresa de Servicio Expreso, Mensajería y Transporte de Envíos y a su vez crea el Registro Nacional de Empresas de Servicio Expreso, Mensajería y Transportes de Envíos, dependiente del Viceministerio de Transportes, Comunicaciones y Aeronáutica Civil, a cargo de la Dirección General de Comunicaciones.

Que el Decreto Supremo Nº 29272 de 12 de septiembre de 2007, Plan Nacional de Desarrollo “Bolivia Digna, Soberana, Productiva y Democrática para Vivir Bien”, establece Políticas y Estrategias para el Sector de Telecomunicaciones, entre las que se encuentra, mejorar el servicio postal e incrementar su cobertura, para envíos de correspondencia personal hasta envíos de pequeñas muestras de productos para exportaciones. Para ello se cuenta con el programa de mejoramiento y expansión de los servicios postales, que contempla la expansión del servicio postal, seguridad postal, red de oficinas multiservicio, reingeniería de procesos, sistema de seguimiento y rastreo, establecimiento de costos y tarifas postales, entre otros; haciéndose necesaria la adopción de medidas abrogatorias al Reglamento de Empresas de Servicio Expreso, Mensajería y Transporte de Envíos, aprobado por Resolución Suprema Nº 218738.

Que las previsiones del presente Decreto Supremo tienen por finalidad promover el funcionamiento de los operadores privados que efectúan el servicio expreso de mensajería y transportes de envíos, tanto en el área nacional como internacional, en el que está incluido el servicio que presta la ECOBOL mediante su servicio expreso.

Que atendiendo los antecedentes expuestos y CONSIDERANDO las disposiciones antes señaladas, existe la necesidad de establecer y/o adecuar el funcionamiento del servicio expreso de mensajería y transportes de envíos de correspondencia.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

TÍTULO I
Alcance y disposiciones generales
ARTÍCULO 1. (Objeto) El presente Decreto Supremo tiene por objeto reglamentar las normas para el funcionamiento de las empresas de servicio expreso, mensajería y transporte de envíos de correspondencia, en el marco del Decreto Supremo Nº 22616 de 8 de octubre de 1990, elevado a rango de Ley Nº 1424 de 29 de enero de 1993; a través de las instituciones facultadas por Ley.

ARTÍCULO 2. (Aplicabilidad)
I. Es aplicable a los servicios que brindan a los usuarios, las empresas de servicio expreso, mensajería y transporte de envíos de correspondencia.

II. A las actividades adicionales de transporte de envíos de correspondencia realizadas por las empresas de transporte aéreas, terrestres y fluviales que operan en el país.

ARTÍCULO 3. (Exclusividad) La prestación de los diferentes servicios a cargo de los operadores de servicio expreso autorizados, normados en el presente Decreto Supremo, serán realizadas, en el marco de lo establecido en los Artículo s Séptimo y Octavo del Decreto Supremo Nº 22616, elevado a rango de Ley Nº 1424; así como de las Actas de la Unión Postal Universal ” UPU, ratificadas por Ley Nº 2362 de 7 de Mayo de 2002.

ARTÍCULO 4. (Definiciones) Se entenderá para fines del presente Decreto Supremo:

I. Autoridad competente.- Es la Autoridad legalmente facultada para plantear políticas y normativas de autorización, seguimiento, regulación, supervisión, control y fiscalización para el sector postal y de Telecomunicaciones.

II. Contrato Administrativo.- Acuerdo de partes por el cual los Terceros se adhieren a las condiciones establecidas por la Empresa de Correos de Bolivia.

III. Correspondencia Postal Básica.- Correspondencia tradicional que está constituida por: cartas, tarjetas postales, impresos grabados o realizados por cualquier otro procedimiento técnico, expedido en sobre abierto, cerrado o al descubierto, que tenga para el expedidor, destinatario o para alguno de ellos, el carácter de co...

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FICHA TÉCNICO JURÍDICA DCMI


Fuente: Gaceta Oficial de Bolivia

Enlace Gaceta Bolivia: https://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/

Edición: Gaceta No 3143

Tipo: DECRETO SUPREMO No 29799

Enlace Permanente para citar: https://www.vobolex.org/bolivia/decreto-supremo-29799-del-19-noviembre-2008

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